¿Qué necesito para aferrarme a la Ley de Quiebra?

A través de los procedimientos disponibles gracias a la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento, se podrá informar o anticipar la imposibilidad de pagar las deudas, y, a su vez, renegociar mejores condiciones.

La Ley de Insolvencia y Reemprendimiento, o más conocida como quiebra, contempla distintos procedimientos para los deudores, tanto para empresas como a nivel individual. En el caso de las personas deudoras, existe la renegociación y la liquidación simplificada voluntaria, pero para poder negociar se necesita cumplir con ciertos requisitos que establece la ley:

  1. Tener dos o más deudas de acreedores distintos, vencidas por más de 90 días
  2. Que esas deudas sumen más de $3 millones
  3. No haber sido notificado de una demanda

Si cumples con estos requisitos, esta opción te permitirá renegociar todas tus deudas, pero con mejores condiciones a tu favor. Cabe aclarar que, para someterse a la liquidación simplificada voluntaria o quiebra, no existe un requisito específico, aunque es recomendable acceder a esto cuando las deudas sobrepasan los límites y no hay más opciones que declarar la bancarrota.

Este procedimiento busca informar, o bien anticipar, esta imposibilidad de pago, con tal de entregar ciertos bienes de la persona, para que se evalúen, se vendan y lograr saldar todas las deudas.

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